Cuarta pregunta de la fatwa N°6278
Pregunta 4: ¿Cuál es el veredicto legal sobre la entrada de los niños y los locos a la mezquita?
( Número del tomo 6; Página 279)
( Número del tomo 6; Página 279)
Respuesta 4: Los tutores de los locos deben impedirles la entrada a la mezquita, para que no dañen la misma ni a los oradores, y seguir la busca de su terapia. En cuanto a los niños, no se debe impedirles entrar a la mezquita con sus tutores o solos, si son capaces de discriminar y alcanzan la edad de siete años o más, para realizar la oración con los musulmanes.
¡Que Allah nos conceda el éxito!¡Que Allah bendiga a nuestro profeta Muhammad, su Familia y sus Compañeros!
Comité Permanente de Investigaciones Científicas y Emisión de Fatwas
Miembro Vicejefe Jefe
‘Abdullah ibn Qa‘ud ‘Abd Al-Raziq ‘Afifi ‘Abd Al-‘Aziz ibn ‘Abdullah ibn Baz
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