¸¸.·´¯`·.¸¸.>ASALAMU ALAIKUM WA RAHMATULAH WA BARAKATUH, ¸¸.·´¯`·.¸¸.>AHLAN WA SAHLAN <.¸¸.·´¯`·.¸¸

lunes, 31 de octubre de 2016

La ligadura de trompas

 


Pregunta :
Una mujer de 29 años aproximadamente, que tiene diez hijos y debe ser intervenida de una 

cirugía para proceder a una ligadura de trompas para no volver a tener más hijos debido a su
 salud.Si ella utilizara la píldora anticonceptiva, esto también le causaría un efecto nefasto para
 su salud.
Su marido le ha autorizado de hacerse esta operación.
¿ Comete ella un pecado por esto?


Respuesta:
No hay ningún mal en proceder a dicha intervención si los médicos le anuncian que la concepción le
 causa 
perjuicio, después de la autorización de su esposo.
La operación consiste en plegar las trompas lo que equivale a la castración para los hombres.
Con este tipo de operación, la mujer no puede quedar embarazada nunca jamás.

Tal operación no le está permitida sino sólo por extrema urgencia estimada en su justo valor.
Así que, desde que haya prueba médica que indique que la mujer será afectada de un perjuicio mayor 
en caso de embarazo, le esta permitido impedir esto por medio de esta operación, pero con dos 
condiciones:

La primera:
Que no exista otro medio de contracepción provisorio, en lugar de la restricción total que equivale a la 

castración.
En efecto, cuando sea efectuada, será difícil para la mujer volver a su naturaleza primitiva. Y le será 
imposible
 volver a quedar embarazada.
Esta condición debe ser tomada en cuenta visto que es posible que el mal desaparezca de la mujer 
después de 
un cierto tiempo y entonces no sería necesario recurrir a un medio de contracepción.

 La segunda:
El acuerdo del marido, la concepción es uno de sus derechos sobre la mujer que es capaz.

Fatawas referentes a Las mujeres
copiado de oummietmoi.net
Sheikh 'Abdel-'Azîz Ibn 'Abdi-llâh Ibn Bâz

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